Solicitar online el certificado de nacimiento:
No quiero tramitarlo yo,
(le derivaremos a una empresa externa para la gestión de su solicitud)
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No quiero tramitarlo yo,
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Este tipo de certificado lo puedes solicitar por tres medios, la opción más común es que de la forma presencial, donde puedes pedir una previa cita al registro civil de Salamanca que le corresponda a la persona, allí le asignaran una fecha y hora para que se acerque al registro a procesar su certificación de nacimiento.
La segunda opción es por vía internet, donde podrás adelantar el procedimiento, al final recibirás por correo la partida de nacimiento.
También es posible la solicitud por correo postal, si bien los tiempos de obtención se alargan.
El órgano encargado de expedir un certificado de nacimiento es el Registro Civil. Puede solicitar varios tipos de certificado de nacimiento. Las certificaciones pueden ser positivas o negativas:
A) Certificado positivo:
Extracto: Este es un resumen de la información relacionada con el nacimiento que figura en el Registro. Puede ser de diferentes tipos:
Ordinario: se emite en español para aquellas regiones cuyo único idioma oficial es el castellano.
Internacional o multilingüe (Plurilingüe): el certificado internacional que debe reconocerse en los países que han ratificado la Convención de Viena del 8 de septiembre de 1976. Este certificado se emite en el idioma oficial de todos los signatarios de ese acuerdo (España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Serbia, Montenegro).
Bilingüe: cuando se solicite un certificado de extracto en una comunidad autónoma que tenga su propio idioma oficial, se emitirá en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en la que se expida.
Literal: una copia literal del registro de nacimiento, que contiene todos los datos sobre la identidad y los hechos del nacimiento.
B) Certificado Negativo: acreditado a una persona no está registrado en el Registro Civil.
C) Certificado con sello electrónico de la Dirección General de Registros y Notarios:
Sirve para acreditar los datos contenidos en los registros de registro computarizados y digitalizados desde la base de datos central que han estado en uso desde el 1 de enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el R. C. Central. No se pueden emitir certificados por este procedimiento que se practicaba antes de 1950 o se había llevado a cabo en un registro civil delegado (PC) o en un registro consular
Puede solicitarse presencialmente, por correo ordinario o por Internet a través de este portal o en el del M. de Justicia.
El procedimiento es el mismo que el realizado si es propio, pero solo puede solicitarse por padres y tutores legales, o acreditar interés legítimo. Se pide a través de esta web o en la del Ministerio.
Es una copia redactada en el idioma del país donde se solicita, es el tipo de certificado reclamado fuera del territorio nacional.
Partida de nacimiento recibida. Apenas semana y media después de haberla solicitado. Muchas gracias.